DEMANDAS POR NO PAGO DE UTILIDADES

Portada Reynosa

Por Hugo Reyna/ EL SINODAL DE TAMAULIPAS

Reynosa, Tam.- De acuerdo a la Ley Federal del Trabajo, una vez concluido el periodo del pago de utilidades para trabajadores en el régimen moral. Tendrán 60 días para iniciar los procesos de demanda ante la Junta de Conciliación y Arbitraje para proceder por esta vía de defensa al acato y cumplimiento a dicho derecho.

A partir de este lunes, las Juntas de Conciliación y Arbitraje en Reynosa, reanudaron labores, solo mediante la apertura de una ventanilla de atención y recepción de documentos, pues las oficinas seguirán cerradas en acato a las disposiciones sanitarias.

Adriana Garza Reyna, abogada especialista laboral, informó consultada que los trabajadores disponen de 60 días para presentar sus recursos de demanda por incumplimiento del pago de utilidades.

Agregó, que en el caso de las demandas por omisión en el pago de utilidades, los trabajadores tendrán hasta un año para que prescriba el proceso de requerimiento de pago de las utilidades.

Adriana Garza Reyna reveló, que los patrones pueden argumentar pérdidas o afectaciones económicas por pago de sueldos por las disposiciones sanitarias de la Cuarentena, tuvieron la posibilidad de acordar con los trabajadores realizar el pago de utilidades en forma diferida, pero no exentar su pago.

El dinero de utilidades corresponde al ejercicio fiscal anterior, es decir al año 2019, en consecuencia no se cuenta el presente 2020 como referente.

Garza Reyna explicó que la participación de las utilidades es un derecho de los trabajadores, y son sujetos obligados a repartir utilidades las personas físicas y morales con actividades de producción o distribución de bienes o servicios, tengan trabajadores a su servicio, mediante el pago de un salario.

De acuerdo a la misma Ley Federal del Trabajo, el pago de esta prestación se otorgará en el caso de personas morales en el plazo del 1 de abril al 30 de mayo y del 1 de mayo al 29 de junio en las personas físicas.